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Order (Auto)January 31, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Vives Lopez Enrique Alberto

✓
Topic · hard data
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá -Sección Segunda- y el Juzgado Treinta y Siete Laboral del Circuito del Distrito Judicial de Bogotá.

Se origina la controversia entre los Despachos por causa de demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, en la modalidad de acción de lesividad, presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, contra la Resolución por medio de la cual, reconoció pensión de invalidez a favor de un ciudadano, la cual considera contrario a derecho por no haber aplicado correctamente el IBC.

Solicita en consecuencia, declarar la nulidad del acto y ordenar al demandado la devolución de la diferencia indexada de lo pagado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena decide, con base en la regla de decisión del Auto 316 de 2021, reiterada, entre otros, en Autos 382, 384 de 2021 y 041 de 2023 que, cuando la administración demanda un acto propio, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto es competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 97, 104 y 138 de la Ley 1437 de 2011.

Lo anterior, según fundamento de los Autos referidos, que: (i) la acción de nulidad y restablecimiento del derecho hace parte de una habilitación expresa consagrada en los artículos 97, 104 y 138 de la Ley 1437 de 2011; (ii) dicha atribución está dirigida a sujetos determinados como son las autoridades administrativas; y (iii) mediante este cauce procesal se les permite impugnar sus propios actos administrativos, con independencia de que sean o no creadores de situaciones particulares y concretas, con miras a proteger el patrimonio público y los derechos colectivos o subjetivos de la administración.

Asignada la competencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá -Sección Segunda- para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado Treinta y Siete Laboral del Circuito del Distrito Judicial de Bogotá y a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que el el Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá -Sección Segunda-, es la autoridad competente para conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por COLPENSIONES.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4596 al Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá -Sección Segunda- para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado Treinta y Siete Laboral del Circuito del Distrito Judicial de Bogotá y a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

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